Un nuevo año comenzó y el gobierno nacional ya oficializó el calendario de feriados para 2025. Este esta compuesto por asuetos inamovibles, trasladables y los días no laborables, que dan lugar a fines de semana largos.

Los feriados se fijan por la Ley 27.399, también llamada de Establecimientos de feriados y fines de semana largos. En detalle, Abril y mayo serán los meses con más jornadas de descanso – con tres cada uno en total – y, por su parte, febrero no contará con ningún asueto.
Enero
- Miércoles 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)
Marzo
- Lunes 3 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
- Martes 4 de marzo: Carnaval (feriado inamovible)
- Lunes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
- Miércoles 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible)
- Jueves 17 de abril: Jueves Santo (día no laborable)
- Viernes 18 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
- Jueves 1° de mayo: Día del Trabajador (feriado inamovible)
- Viernes 2 de mayo: día no laborable puente
- Domingo 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
- Lunes 16 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Martín Miguel de Güemes (se traslada del martes 17 de junio)
- Viernes 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Don Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
- Miércoles 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
- Viernes 15 de agosto: día no laborable puente
- Domingo 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General Don José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
- Domingo 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
- Viernes 21 de noviembre: día no laborable puente.
- Lunes 24 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (se traslada del jueves 20 de noviembre).
Diciembre
- Lunes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
- Jueves 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)
Cuál es la diferencia entre feriado inamovible y días no laborables
En total, este año habrá 3 días no laborables puentes en todo el año. La principal diferencia radica en que los días no laborables son fechas donde el descanso queda a discreción del empleador, y en caso de que se deba trabajar, no se cobra el doble como sucede en los feriados. Ene el caso de la Administración Pública Nacional, estos días serán considerados de asueto y tampoco se prevé que haya actividad administrativa, educativa ni bancaria, entre otras.