Juez misionero fue el primero en aplicar la Ley Bases en un juicio laboral: falló en favor de una empresa

En el primer fallo laboral dictado bajo la Ley de Bases, un juez de Misiones eximió a un empleador de sanciones por no registrar a un trabajador rural. El magistrado basó su decisión en la derogación de normas previas y en el principio de irretroactividad de la ley.

El juez Juan Francisco Vetter, a cargo del caso «A., R. A. C/ Bernardi, Juan Manuel S/ Laboral», atendió la demanda de un peón rural de la localidad de Andresito, quien había trabajado desde marzo de 2011 hasta diciembre de 2016 sin estar formalmente registrado y que había sido despedido sin causa.

El juicio, iniciado en 2016, incluyó reclamos por indemnizaciones debido a la falta de entrega del certificado de trabajo y por el empleo no registrado. El juez acreditó la relación laboral y las diferencias salariales reclamadas, basándose en pruebas testimoniales y documentales.

Sin embargo, no aplicó las multas correspondientes a los artículos 80 de la Ley de Contrato de Trabajo y las leyes 24.013 y 25.323, argumentando que estas normas fueron derogadas por la Ley 27.742, conocida como Ley de Bases.

Esta normativa, aprobada el 28 de junio pasado, introdujo cambios importantes en la legislación laboral argentina, eliminando varias sanciones para empleadores que no registraran a sus trabajadores.

En este fallo, el juez fundamentó su decisión en el principio de irretroactividad de la ley, señalando que no se pueden imponer sanciones basadas en normas que han sido derogadas al momento de la sentencia.

“No se trata de aplicar la norma de forma retroactiva, sino de evitar aplicar una sanción contemplada en una norma (art. 45, ley 25.345) que fue específicamente derogada por la entrada en vigencia de una ley posterior (art. 99, ley 27.742)”, explicó el magistrado.

Aunque no impuso las multas por la falta de registración, el juez aplicó el ajuste CER (Coeficiente de Estabilización de Referencia) a los intereses de la deuda, condenando al demandado a pagar un total de $35.099.626,31, de los cuales $550.932 corresponden a la demanda original, y el resto a intereses compensatorios.

La indexación por CER tiene como objetivo compensar al trabajador por la pérdida de valor adquisitivo del dinero, ajustando la deuda según la inflación para mantener su valor real a lo largo del tiempo.